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POLICÍA LOCAL | CASCO OBLIGATORIO EN BICICLETAS

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NORMAS SOBRE EL USO DEL CASCO EN BICICLETAS
Con el objetivo de aclarar la normativa respecto al uso del casco en bicicletas, se deriva a lo recogido en el Artículo 47 de la Ley de Seguridad Vial: el conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen por vías interurbanas.

¡PÓNTELO, PÓNSELO!

#NuevaNormalidad #NoLoTiresPorLaBorda Responsabilidad. Lo conseguiremos.

Ayuntamiento de Villa del Río.

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